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martes, 19 de mayo de 2020

PLD dice apoya todas las gestiones que permitan el voto dominicano en el exterior

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) solicitó de manera formal a la Junta Central Electoral (JCE) buscar todos los mecanismos necesarios para facilitar el sufragio en el exterior de los dominicanos, en las elecciones del 5 julio.

La petición del PLD a la JCE se hace mediante documento depositado este martes en la Secretaria General del órgano de comicios, cumpliendo así en el tiempo hábil con el plazo dado por el pleno de la junta para que los partidos realizaran sus recomendaciones con miras al voto dominicano en el exterior.

El partido de gobierno le requirió a la junta que "interponga sus valiosos oficios y haga sus mejores esfuerzos para obtener de las autoridades oficiales de los países y ciudades correspondientes los permisos de lugar que permitan a los dominicanos en el exterior a que puedan efectivamente participar en las próximas elecciones".

Destacó que es importante que la diáspora dominicana ejerza sus derechos constitucionales de elegir y ser elegidos, se precisa en la comunicación dirigida al presidente de la JCE, Julio Cesar Castaños Guzmán y los demás miembros, rubricada por Temístocles Montás, presidente interino del PLD, y José Ramón Fadul, delegado ante la JCE.

En la comunicación, el PLD explica que, en vista de que el artículo 22.1 constitucional establece como derechos de ciudadanía los de elegir y ser elegibles para los cargos que establece la Constitución, los dominicanos residentes en el exterior también gozan de dichos derechos.

En adición, dice la carta, que en vista de que el artículo 81.3 constitucional establece que la Cámara de Diputados está compuesta, entre otros, por siete diputados elegidos en representación de la comunidad dominicana en el exterior, cuya forma de elección y distribución será determinada por la ley, la diáspora dominicana no solo tiene derecho a elegir al presidente y vicepresidente de la República, sino que también a elegir, a través de circunscripciones electorales, a una representación local de las comunidades en las que residen en el exterior, facultad que también se encuentra estipulada en el artículo 106 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 15-19.

Reconoce el PLD “las medidas adoptadas por la JCE para el montaje de las elecciones en el extranjero, así como el apoyo que el Gobierno dominicano ha brindado y continúa brindando, a través de las embajadas y consulados, a los fines de facilitar el voto dominicano en el exterior”.



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