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miércoles, 24 de febrero de 2021

MAP instruye norma que prohíbe nombrar a familiares en una misma institución

El Ministerio de Administración Pública (MAP) instruyó este miércoles a los funcionarios y servidores públicos acatar la normativa que prohíbe el nombramiento de familiares en una misma institución, dando cumplimiento así a la Ley 41-08 sobre Función Pública.

De acuerdo a la norma emitida por la entidad, la medida busca corregir prácticas y acciones violatorias a las disposiciones legales, que han venido ocurriendo en órganos del Poder Ejecutivo, referentes a la prohibición de que familiares trabajen en una misma institución, tanto en sus oficinas principales, como en dependencias en el país y el exterior.

“A los funcionarios y servidores públicos les está prohibido prestar servicios en la misma institución que sus cónyuges y quienes estén unidos por lazos de consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, inclusive cuando tuvieran relación de jerarquía, articulo 80.15 de la Ley 41-08 de Función Pública”, establece un artículo de la circular.

Según el documento, la instancia está dirigida a los ministros, directores, administradores y ejecutivos de instituciones públicas.



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