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martes, 3 de diciembre de 2019

Presidente Medina envía proyecto de ley de los Cuerpos de Bomberos al Congreso

El presidente Danilo Medina envió al Congreso Nacional el proyecto de ley de los Cuerpos de Bomberos que regula la organización, estructura, competencias, entre otros, de los cuerpos de bomberos existentes o que puedan crearse en los ayuntamientos del país.

Según un comunicado emitido por la Presidencia de la República, la normativa legal, que consta de 98 artículos, describe lo relativo al proceso de ingreso a este organismo de socorro, el escalafón, así como el régimen ético y disciplinario, y los protocolos de actuación en caso de emergencias.

Asimismo, quedan establecidos los distintos tipos de bomberos, cuerpos de bomberos, aeronáuticos, forestales, navales y voluntarios y las leyes que los rigen.

El ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, expresó que este proyecto de ley vendrá a mejorar las condiciones de vida y laborales de estos servidores públicos.

Destacó que esta normativa es el resultado del trabajo de dos años y el consenso de representantes de los gobiernos locales, la Liga Municipal Dominicana, los ministerios de la Presidencia, de Administración Pública y de Interior y Policía, así como los entes asociativos de los gobiernos locales y de los cuerpos de bomberos del país.

En el proyecto de ley también estipula que los cuerpos y los otros tipos de bomberos forman parte integral del Sistema Nacional de Atención de Emergencias y Seguridad 9-1-1 o de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE).

Funciones

Entre sus funciones están emitir autorizaciones para instalar las estaciones de combustibles y fábricas de pirotécnicos, e inspeccionarlas regularmente, así como autorizar los vehículos para el transporte y distribución de esos productos.

Les corresponde, además, la inspección y monitoreo de los sistemas contra incendio y salidas de evacuación ante emergencias en edificaciones y locales privados de uso público.

Otras atribuciones son la inspección, autorización de espectáculos y consultas, los cuales serán remunerados conforme a la legislación, siempre vía el gobierno local al que pertenecen.

Consejo Nacional de Bomberos

La normativa presentada al Congreso crea el Consejo Nacional de Bomberos, una dependencia del Ministerio del Interior y Policía, que tendrá como misión garantizar la eficacia, eficiencia y coherencia en la organización y funcionamiento de los distintos cuerpos en el territorio nacional.

Esta instancia regula y coordina, de acuerdo con el proyecto de ley, aquellos temas que no colindan con las atribuciones que tienen los ayuntamientos.

Esta normativa legal entrará en vigor un año después de su promulgación. En ese periodo, las instituciones correspondientes deberán contar con las normas complementarias, los registros e instituciones necesarias para su aplicación.



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