Tras los daños ocasionados por los torrenciales aguaceros provocados por el paso del huracán Fiona, el Poder Ejecutivo dictó el decreto 537-22, a través del cual declara de emergencia las compras y contrataciones de bienes y servicios en ocho provincias del país.
La iniciativa del presidente Luis Abinader tiene como propósito utilizar esos procesos en labores de ayuda humanitaria, rescate, construcción y reconstrucción de las obras como consecuencia del fenómeno atmosférico.
Las provincias que serían atendidas con esa disposición son La Altagracia, La Romana, El Seibo, Samaná, Hato Mayor, María Trinidad Sánchez, Duarte y Monte Plata.
El párrafo del artículo 1, del citado decreto, señala que el Poder Ejecutivo podrá incluir otras provincias dentro de la declaratoria de emergencia establecidas, después de concluido el paso del fenómeno natural por el territorio nacional. La disposición previa a un levantamiento de los daños ocasionados a las comunidades ubicadas en las provincias afectadas.
Mientras que el mandatario autorizó realizar dichos procesos de compras y contrataciones de bienes, servicios y obras a través de la excepción de emergencia nacional, para contrarrestar los efectos ocasionados por el huracán Fiona, a 21 instituciones del estado.
Instituciones incluidas en el decreto
La lista de instituciones está integrada por los ministerios de Salud Pública, de Educación, Agricultura, Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), de la Vivienda, Administrativo de la Presidencia y de Turismo.
Además, el Instituto Nacional de Estabilización de Precios (Inespre), Servicio Nacional de Salud, Programa de Medicamentos Esenciales (Promese-Cal), Plan de Asistencia Social de la Presidencia y Comedores Económicos del Estado Dominicano.
Asimismo, las comisiones presidenciales de apoyo al desarrollo Provincial y Barrial, los institutos nacionales de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa) y de Recursos Hidráulicos (Indrhi) y la Corporación de Acueductos y Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD).
Completan la lista las empresas de Transmisión Eléctrica (ETED), las distribuidoras de Electricidad del Este (EdeEste) y del Norte (EdeNorte) y la Defensa Civil.
El párrafo del artículo 2 señala que los procedimientos de contratación por excepción deberán realizarse acorde con las disposiciones de la Constitución de la República y la normativa vigente en la materia de contrataciones públicas.
Deberán rendir un informe detallado
El decreto 537-22 dispone, en el artículo 3, que las instituciones incluidas en el dictamen deben gestionar los procedimientos de excepción por emergencia nacional a través del Portal Transaccional administrado por la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP).
También, las 21 instituciones autorizadas a realizar procesos de excepción tras el paso del huracán Fiona deberán rendir un informe detallado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas y deberán difundir esos reportes a través de sus portales transaccionales institucionales, en un plazo de 15 días calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia.
A través del artículo 5, el Poder Ejecutivo declara que esa contratación de emergencia nacional tendrá una duración de 30 días a partir de la emisión del decreto.
La disposición será notificada a las 21 instituciones beneficiadas y a la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, éstos dos últimos órganos de control interno y externo de los recursos públicos.
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